La Institución Educativa Barro Blanco tiene avance significativo en el trabajo con estudiantes sordos mediante una Modalidad Bilingüe – Bicultural, entendida como aquella cuyo proceso de enseñanza - aprendizaje se da en Lengua de Señas Colombiana y el Español como segunda lengua. La IE Barro Blanco es el establecimiento de Educación Regular que el municipio de Rionegro ha destinado para contar con “aulas paralelas y docentes bilingües que impartan la formación en lengua de señas, y otros apoyos tecnológicos, didácticos y lingüísticos requeridos, entre los que están los intérpretes de Lengua de Señas Colombiana y modelos lingüísticos”. (Decreto 1421 de 2017 Artículo 2.3.3.5.2.3.2)
En el año 2000, surge el proyecto del aula para sordos en la Institución Educativa Barro Blanco con el apoyo de la Unidad de Atención Integral (UAI). En esta aula se atienden, en una modalidad multigradual, a estudiantes entre preescolar y quinto de primaria, para ello se cuenta con una docente bilingüe y una modelo lingüística sorda.
Luego, en el año 2006, se inició el proceso de inclusión a la básica secundaria y media con oyentes, con la presencia de intérpretes de lengua de señas, quienes mediatizan la comunicación entre estudiantes sordos, estudiantes oyentes y docentes. Además se cuenta con un modelo lingüístico y un docente de español como segunda lengua.
El objetivo principal de este proyecto es procurar un servicio educativo público en Preescolar, Básica Primaria, Secundaria y Media a las personas sordas del Municipio de Rionegro y de otros municipios de la región del oriente antioqueño, implementando un modelo de educación bilingüe (lengua de señas como primera lengua y lengua escrita como segunda), desarrollando procesos pedagógicos e investigativos que respondan a sus necesidades particulares y contribuyendo al fortalecimiento de la comunicación y la interacción con su entorno educativo, social, cultural y ocupacional.
Ley 324 de 1996, por la cual se crean algunas normas a favor de la población sorda.
Resolución 1515 de 2000, por la cual se establecen los requisitos para la prestación del servicio educativo en el ciclo de educación básica primaria para sordos, por los establecimientos educativos estatales y privados.
Ley 982 de 2005, por la cual se establecen normas tendientes a la equiparación de oportunidades para las personas sordas y sordociegas.
Decreto 366 de 2009, por medio del cual se reglamenta la organización del servicio de apoyo pedagógico para la atención de los estudiantes con discapacidad y con capacidades o con talentos excepcionales, en el marco de la educación inclusiva
Ley 1346 de 2009, ratifica la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad.
Ley Estatutaria 1618 de 2013, por medio de la cual se establecen disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad.
Decreto 1421 de 2017 Por el cual se reglamenta en el marco de la educación inclusiva la atención educativa a la población con discapacidad.
A partir del último decreto, la educación inclusiva de los estudiantes sordos se basa en la modalidad Bilingüe Bicultural. El siguiente esquema muestra la organización institucional:
El Aula multigradual para primaria – Aula Bilingüe Bicultural- es orientada por una docente bilingüe a cargo del aprendizaje en lengua de señas de las diferentes áreas del saber y una modelo lingüística responsable de los procesos de aprendizaje de la lengua de señas y la cultura de la comunidad sorda.
Para el ingreso al aula multigradual debe cumplir con requisitos como:
Edad. 5 hasta los 15 años.
Evaluación pedagógica para su ubicación en un ciclo y grado.
Los estudiantes del aula para sordos se ubican en ciclos I, II y III y se hace una promoción flexible entre los ciclos.
El egreso se da una vez se termina el grado quinto y habiendo cumplido con los logros básicos se promueven a sexto o se hace un análisis de sus condiciones para determinar otra opción educativa.
En el aula Bilingüe Bicultural se cuenta con un estudiante sordo-ciego. Para su educación se requiere el acompañamiento permanente de una guía intérprete (intéprete con manejo de la lengua de señas para sordo ciegos)
La Educación bilingüe bicultural para los estudiantes en bachillerato se oferta de la siguiente manera:
En el Plan de estudios se plantea en el área de Humanidades una adaptación consistente en:
Cuando el grupo en el cual hay estudiantes sordos incluidos tiene la clase de Español, los estudiantes sordos salen del aula y trabajan la asignatura denominada Comunidad Sorda en la que afianzan el desempeño en Lengua de Señas y, además, aprenden sobre la Cultura de la Comunidad Sorda. Cuando el grupo tiene la clase de inglés, los estudiantes sordos se retiran del aula y estudian el Español escrito como segunda lengua
Para que un estudiante sordo ingrese a bachillerato debe venir del aula multigradual para sordos de la I.E.B.B., de otra experiencia educativa similar o que tenga competencia en lengua de señas. Está sujeto a los grados en los que haya sordos.
Si un estudiante cumple con todos los requisitos, es graduado como bachiller.
Adicionalmente, para dar cumplimiento a la Educación Bilingüe Bicultural, se realizan acciones como:
Plan Individual de Ajustes razonables teniendo en cuenta las necesidades formativas y comunicativas de los estudiantes sordos desde preescolar hasta la educación media.
Enseñanza de la lengua de señas a los estudiantes oyentes y a la comunidad en general
Apropiación de la lengua de señas por parte de los docentes como condición necesaria para garantizar la inclusión educativa.
Alianzas con otras instituciones como la IE Normal Superior de María y la Universidad de Antioquia.
Adaptación de los estudiantes sordos del grado quinto al trabajo con intérpretes (algunas de las áreas las reciben con el grupo de oyentes)
Sensibilización de la comunidad en general sobre la lengua de señas y la cultura del sordo.